El Ministerio de Relaciones Exteriores solicita a todos los viajeros que llegan a Colombia, tener en cuenta las siguientes recomendaciones con base en las últimas disposiciones del Ministerio de Salud y Protección Social para la reapertura gradual de la operación aérea nacional.

Verifique con su aerolínea el estado de su vuelo

Recuerde acatar las disposiciones y protocolos implementados por las autoridades aeronáuticas y las aerolíneas en tierra, durante el vuelo y al arribo a Colombia.

Todo viajero procedente del exterior debe tener prueba PCR negativa para el COVID-19, tomada con una antelación no mayor a 96 horas antes del embarque. Sin embargo, de conformidad con la Resolución 002 de 2021, las aerolíneas deberán permitir el embarque de los pasajeros que no cuenten con esta prueba, cuando manifiesten verbalmente que tuvieron dificultades para tomársela o para obtener el resultado en el término exigido previo al vuelo. La manifestación verbal del pasajero se entenderá hecha bajo la gravedad de juramento.

En estos casos, una vez ingresa al país, el viajero deberá informar al oficial de Migración Colombia la opción elegida:

  1. Realizarse la prueba PCR en Colombia y guardar el aislamiento preventivo hasta el momento en el que se obtenga un resultado negativo para COVID-19, o
  2. Hacer aislamiento preventivo obligatorio por catorce (14) días o durante el término que señale la autoridad sanitaria

El pasajero podría guardar los días de cuarentena en su lugar de residencia o un lugar de hospedaje.

La secretaría del Salud del lugar del lugar de desembarque y/o destino será la encargada de verificar que el viajero guarde el aislamiento preventivo.

El valor de la prueba PCR y los costos derivados del aislamiento preventivo correrán a cargo del viajero.

Las manifestaciones verbales serán guardadas en el sistema de Migración de Colombia.


Diligencie el formulario Check-Mig de Migración Colombia 48 horas antes del vuelo para facilitar su control de inmigración. Acceda al formulario Check-Mig acá

Recuerde cumplir con los requisitos de ingreso a Colombia y verificar si requiere visa dependiendo de la actividad que va a realizar en el país. Para mayor información, por favor, visite: https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visaEste enlace se abrirá en una ventana nueva

La autoridad de control migratoria en uso de sus facultades legales se reserva el derecho a decidir sobre el ingreso y admisión de viajeros a territorio nacional.

Puede acceder al documento oficial

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